Niños y bebés

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera un infante?

Se considera infante a todo menor de 2 años.

 

¿Cuáles son las recomendaciones para viajar con bebés recién nacidos?

Por razones de cuidado y seguridad, no se recomienda viajar con bebés durante sus primeros 7 días de vida.

 

¿Cómo viajan los bebés en cuanto a asientos y compañía de adultos?

Los bebés menores de 2 años viajan en brazos de un adulto. Cada adulto puede llevar un solo bebé en brazos: no se permite que un mismo adulto viaje con dos bebés menores de 2 años. Si preferís que el bebé tenga asiento propio, deberás comprarle un pasaje y consultar antes las condiciones para utilizar un sistema de sujeción infantil aprobado.

 

¿Puedo despachar un cochecito de bebé?

Sí. Podés despachar un cochecito para niños de hasta 4 años, de acuerdo con las condiciones establecidas por JOY.

 

¿Los menores pueden viajar solos?
  • Menores de 5 años: deben viajar siempre con un adulto.
  • De 5 a 11 años: pueden viajar sin un adulto únicamente si contratan el servicio de Menor No Acompañado, que es obligatorio.
  • De 12 a 15 años: el servicio de Menor No Acompañado es opcional.
  • De 16 y 17 años: pueden viajar solos.

En todos los casos, los menores que viajan solos deben presentar el DNI y una autorización escrita de los padres, legalizada ante escribano público o juez de paz.

¿Cuáles son las responsabilidades de los adultos al utilizar el servicio de Menor No Acompañado?

La persona responsable debe acompañar al menor durante el check-in y permanecer en el aeropuerto hasta que el personal confirme la salida del vuelo. Además, la persona autorizada para recibirlo debe estar en el aeropuerto de destino con anticipación y acreditar su identidad.

 

¿Qué documentos necesitan los menores para viajar?

Los menores deben viajar con la documentación que corresponda según su edad y quién los acompañe. En algunos casos se requiere documentación que acredite el vínculo con los padres o responsables legales, una autorización de viaje, o ambas.

  • Con ambos padres o con uno solo: DNI del menor y de los adultos que lo acompañan, y partida o certificado de nacimiento, o libreta civil de familia, para acreditar la filiación.
  • Con un tercero: DNI del menor y del acompañante, y autorización escrita de los padres, legalizada ante escribano público o juez de paz, en la que consten los datos personales del acompañante responsable.
  • Si viajan solos: DNI del menor y autorización escrita de los padres, legalizada ante escribano público o juez de paz.

Todos nuestros vuelos operan desde o hacia Jujuy. Por eso, conforme a las facultades que le asigna la Ley 26.102, la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) exige acreditar la autorización de viaje otorgada por quienes ejercen la patria potestad, o una autorización judicial, cuando el menor viaja solo o con un tercero. Si no cumplís total o parcialmente estos requisitos, dirigite a las oficinas de la PSA del aeropuerto: es la única autoridad que puede autorizar o denegar el embarque.

¿La tripulación brinda cuidados personalizados, asistencia individual o limpieza de efectos personales durante el vuelo?

No. La tripulación no asume la custodia individual ni la atención personalizada constante, y tampoco realiza tareas de limpieza de objetos, pertenencias o ropa a bordo.

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Escribinos y te respondemos a la brevedad.
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Comunicado

Estimados Pasajeros

Queremos informarles que estamos próximos a retomar la venta de nuestros pasajes.

Durante esta semana hemos avanzando en las últimas adecuaciones de nuestra plataforma de pagos y en breve retomaremos la venta de pasajes a través de nuestro sitio web.

Estamos trabajando para ofrecerles una experiencia de compra ágil, segura y confiable.

Agradecemos la comprensión. Pronto tendremos novedades para compartir.

JOY